EVALUACIÓN O
DESPIDO:
CIUDAD
DE MÉXICO, 15 de agosto.- El presidente Enrique Peña Nieto envió al Congreso de
la Unión un paquete de nuevas leyes educativas para reducir al mínimo el poder
del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) sobre las
decisiones del sistema de enseñanza nacional.
Propone
que ninguno de los maestros que actualmente ocupan una plaza definitiva perderá
su empleo, pero advierte que los docentes que se nieguen a la evaluación serán
despedidos.
Quienes
ocupan una plaza provisional también estarán sujetos, al igual que los nuevos
maestros, a tres oportunidades para quedarse a trabajar, a partir de
evaluaciones anuales.
La
iniciativa del gobierno pone fin a los comisionados sindicales, que cobran por
plazas docentes sin cumplir su labor frente a grupo, crea un candado para
evitar paros magisteriales sin justificación laboral y castiga la venta y
“herencia” de plazas.
Regula
las cuotas escolares voluntarias, las cuales, reitera, no son obligatorias,
pero estarán sujetas a la transparencia.
La tarea es limitar el poder del SNTE
El
presidente Enrique Peña Nieto propuso ayer al Congreso de la Unión el paquete
de reformas y nuevas leyes educativas para poner fin al poder del SNTE sobre
las decisiones del sistema de enseñanza, porque el ingreso y permanencia de los
docentes será responsabilidad única de las autoridades, no del sindicato de
maestros. Además, propone terminar con el tema de los comisionados sindicales
que cobran sin cumplir su labor docente. “Las personas que decidan aceptar el
desempeño de un empleo, cargo o comisión no educativa, deberán separarse del
Servicio Profesional Docente, sin goce de sueldo, mientras dure el empleo,
cargo o comisión”, se indica. De igual forma, busca evitar los paros
magisteriales como presión política, sin justificación laboral, pues plantea
que sean despedidos los maestros que se ausenten tres días, consecutivos o
alternados, a lo largo de un mes, al igual que aquellos profesores que se
nieguen a someterse a la evaluación.
Dan impulso a evitar venta de las plazas
En
la Ley General del Servicio Profesional Docente se establece que el sindicato
no tendrá la facultad para interferir en el ingreso y permanencia de los
maestros.
El
gobierno de Enrique Peña Nieto mantuvo su decisión de devolver al Estado la
rectoría del sistema educativo nacional y limitar al Sindicato Nacional de
Trabajadores de la Educación (SNTE) a la defensa laboral de sus agremiados sin
interferir en los procesos de ingreso, permanencia, comisiones, asesorías, ascensos
y permisos, que corresponden sólo a las autoridades educativas.
Ayer,
el Presidente de la República envió a la Comisión Permanente el paquete de
reformas y nuevas leyes en materia educativa, entre ellas la Ley General del
Servicio Profesional Docente, cuyo objetivo es romper la inercia laboral en el
sector.
La
propuesta del mandatario federal incluye castigar e impedir la herencia, compra
y venta de plazas de ingreso y promoción, así como los cachirules.
Plantea
facultar a los directivos de escuelas a pedir la sustitución de un maestro si
no encaja en el perfil, y considera el despedir a los supervisores que no se
excusen cuando incurran en conflicto de intereses.
Además,
asienta un golpe a la dinámica histórica del SNTE y los gobiernos estatales,
pues ordena que todo el personal que cumpla asesoría técnica pedagógica tendrá
que regresar a sus horas frente al grupo y comenzar de cero el proceso para
ocupar esas plazas, mediante concurso y evaluación; además, todo los
supervisores y directivos que carezcan del perfil o no realicen esas labores
deben retornar a la docencia.
Advierte
también que “las personas que decidan aceptar el desempeño de un empleo, cargo
o comisión no educativa tendrán que separarse del Servicio Profesional Docente,
sin goce de sueldo, mientras dure el empleo, cargo o comisión”.
Precisa
que ninguno de los maestros con plaza definitiva que actualmente trabaja será
afectado en sus derechos; incluso si no aprueba las evaluaciones serán
adscritos a otras áreas.
También
advierte que el personal con nombramiento provisional tendrá que someterse a
las nuevas reglas de evaluación y capacitación. De negarse, se aplicará el
despido.
La
iniciativa plantea en varios artículos que “será nula de pleno derecho y, en
consecuencia, no sufrirá efecto alguno sin necesidad de declaración judicial,
toda forma de ingreso (promoción) distinta a lo establecido en este capítulo.
“Quienes
se beneficien, participen, autoricen, efectúen algún pago o algún otro tipo de
contra prestaciones en relación con ello, incurrirá en responsabilidad y serán
acreedores a las sanciones correspondientes. La nulidad de pleno derecho a que
se requiere este artículo será oportunamente notificada al personal de que se
trate por quien realice las funciones de administración de recursos humanos”,
precisa.
Faculta además a las escuelas a pedir
les retiren un maestro.
“Las
autoridades educativas y los organismos descentralizados darán aviso a los
directores de las escuelas del perfil de los docentes que pueden ser
susceptibles de adscripción. Por su parte, los directores deberán verificar que
esos docentes cumplan con el perfil para los puestos que deban ser cubiertos.
“Las
autoridades educativas y los organismos descentralizados estarán obligados a
revisar la adscripción de los docentes cuando los directores señalen
incompatibilidad del perfil con las necesidades de la escuela, y a efectuar el
reemplazo de manera inmediata de acreditarse dicha incompatibilidad.”
Propone
poner fin a los llamados cachirules, pues “quienes participen, autoricen o
efectúen algún pago al personal de nuevo ingreso o que ha sido objeto de
promoción o reconocimiento tendrán la obligación de verificar en cada caso que
dicho personal está en los registros oficiales que deberá emitir y actualizar
la autoridad competente.
“De
lo contrario, incurrirán en responsabilidad y serán acreedores a la sanción
económica equivalente al monto del pago realizado indebidamente y a la
separación del servicio público sin responsabilidad para la autoridad educativa
o para el organismo descentralizado y sin necesidad de que exista resolución
previa del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje o sus equivalentes en
las entidades federativas”, señala.
Advierte
también del despido de supervisores que no se excusen de interés personal,
familiar o de negocios “incluyendo aquellos de los que pueda resultar algún
beneficio para él, su cónyuge, su concubina o concubino, o parientes
consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado o parientes civiles”.