jueves, 29 de agosto de 2013

¿EVALUACIÓN O DESPIDO MASIVO?

EVALUACIÓN O DESPIDO:

CIUDAD DE MÉXICO, 15 de agosto.- El presidente Enrique Peña Nieto envió al Congreso de la Unión un paquete de nuevas leyes educativas para reducir al mínimo el poder del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) sobre las decisiones del sistema de enseñanza nacional.

Propone que ninguno de los maestros que actualmente ocupan una plaza definitiva perderá su empleo, pero advierte que los docentes que se nieguen a la evaluación serán despedidos.

Quienes ocupan una plaza provisional también estarán sujetos, al igual que los nuevos maestros, a tres oportunidades para quedarse a trabajar, a partir de evaluaciones anuales.

La iniciativa del gobierno pone fin a los comisionados sindicales, que cobran por plazas docentes sin cumplir su labor frente a grupo, crea un candado para evitar paros magisteriales sin justificación laboral y castiga la venta y “herencia” de plazas.

Regula las cuotas escolares voluntarias, las cuales, reitera, no son obligatorias, pero estarán sujetas a la transparencia.

La tarea es limitar el poder del SNTE

El presidente Enrique Peña Nieto propuso ayer al Congreso de la Unión el paquete de reformas y nuevas leyes educativas para poner fin al poder del SNTE sobre las decisiones del sistema de enseñanza, porque el ingreso y permanencia de los docentes será responsabilidad única de las autoridades, no del sindicato de maestros. Además, propone terminar con el tema de los comisionados sindicales que cobran sin cumplir su labor docente. “Las personas que decidan aceptar el desempeño de un empleo, cargo o comisión no educativa, deberán separarse del Servicio Profesional Docente, sin goce de sueldo, mientras dure el empleo, cargo o comisión”, se indica. De igual forma, busca evitar los paros magisteriales como presión política, sin justificación laboral, pues plantea que sean despedidos los maestros que se ausenten tres días, consecutivos o alternados, a lo largo de un mes, al igual que aquellos profesores que se nieguen a someterse a la evaluación.

Dan impulso a evitar venta de las plazas

En la Ley General del Servicio Profesional Docente se establece que el sindicato no tendrá la facultad para interferir en el ingreso y permanencia de los maestros.

El gobierno de Enrique Peña Nieto mantuvo su decisión de devolver al Estado la rectoría del sistema educativo nacional y limitar al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) a la defensa laboral de sus agremiados sin interferir en los procesos de ingreso, permanencia, comisiones, asesorías, ascensos y permisos, que corresponden sólo a las autoridades educativas.

Ayer, el Presidente de la República envió a la Comisión Permanente el paquete de reformas y nuevas leyes en materia educativa, entre ellas la Ley General del Servicio Profesional Docente, cuyo objetivo es romper la inercia laboral en el sector.

La propuesta del mandatario federal incluye castigar e impedir la herencia, compra y venta de plazas de ingreso y promoción, así como los cachirules.

Plantea facultar a los directivos de escuelas a pedir la sustitución de un maestro si no encaja en el perfil, y considera el despedir a los supervisores que no se excusen cuando incurran en conflicto de intereses.

Además, asienta un golpe a la dinámica histórica del SNTE y los gobiernos estatales, pues ordena que todo el personal que cumpla asesoría técnica pedagógica tendrá que regresar a sus horas frente al grupo y comenzar de cero el proceso para ocupar esas plazas, mediante concurso y evaluación; además, todo los supervisores y directivos que carezcan del perfil o no realicen esas labores deben retornar a la docencia.

Advierte también que “las personas que decidan aceptar el desempeño de un empleo, cargo o comisión no educativa tendrán que separarse del Servicio Profesional Docente, sin goce de sueldo, mientras dure el empleo, cargo o comisión”.

Precisa que ninguno de los maestros con plaza definitiva que actualmente trabaja será afectado en sus derechos; incluso si no aprueba las evaluaciones serán adscritos a otras áreas.

También advierte que el personal con nombramiento provisional tendrá que someterse a las nuevas reglas de evaluación y capacitación. De negarse, se aplicará el despido.

La iniciativa plantea en varios artículos que “será nula de pleno derecho y, en consecuencia, no sufrirá efecto alguno sin necesidad de declaración judicial, toda forma de ingreso (promoción) distinta a lo establecido en este capítulo.

“Quienes se beneficien, participen, autoricen, efectúen algún pago o algún otro tipo de contra prestaciones en relación con ello, incurrirá en responsabilidad y serán acreedores a las sanciones correspondientes. La nulidad de pleno derecho a que se requiere este artículo será oportunamente notificada al personal de que se trate por quien realice las funciones de administración de recursos humanos”, precisa.

Faculta además a las escuelas a pedir les retiren un maestro.

“Las autoridades educativas y los organismos descentralizados darán aviso a los directores de las escuelas del perfil de los docentes que pueden ser susceptibles de adscripción. Por su parte, los directores deberán verificar que esos docentes cumplan con el perfil para los puestos que deban ser cubiertos.

“Las autoridades educativas y los organismos descentralizados estarán obligados a revisar la adscripción de los docentes cuando los directores señalen incompatibilidad del perfil con las necesidades de la escuela, y a efectuar el reemplazo de manera inmediata de acreditarse dicha incompatibilidad.”

Propone poner fin a los llamados cachirules, pues “quienes participen, autoricen o efectúen algún pago al personal de nuevo ingreso o que ha sido objeto de promoción o reconocimiento tendrán la obligación de verificar en cada caso que dicho personal está en los registros oficiales que deberá emitir y actualizar la autoridad competente.

“De lo contrario, incurrirán en responsabilidad y serán acreedores a la sanción económica equivalente al monto del pago realizado indebidamente y a la separación del servicio público sin responsabilidad para la autoridad educativa o para el organismo descentralizado y sin necesidad de que exista resolución previa del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje o sus equivalentes en las entidades federativas”, señala.


Advierte también del despido de supervisores que no se excusen de interés personal, familiar o de negocios “incluyendo aquellos de los que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge, su concubina o concubino, o parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado o parientes civiles”.

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